EL TJUE JUSTIFICA UNA DISCRIMINACIÓN INDIRECTA HACIA LOS TRABAJADORES DISCAPACITADOS, EN EL CÓMPUTO DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA VINCULADAS A LA DISCAPACIDAD PARA JUSTIFICAR EL DESPIDO
El TJUE ha establecido la validez del art. 52, letra d), ET, especificando que pretende combatir el absentismo laboral -incluyendo posibles ausencias por motivos de discapacidad a efectos de despido- cuando existen pruebas…